La iniciativa forma parte del trabajo de desendeudamiento de Pymes, familias y Estado, para acelerar la recuperación económica. Podrán incluirse voluntariamente todos aquellos que tengan obligaciones tributarias vencidas al 31 de agosto de 2021 mediante plan vía web, con plazo de acogimiento al 31 de marzo de 2021, beneficiando a más de 3.000 contribuyentes.
Los peticionantes podrán acogerse a un financiamiento de hasta 48 cuotas, con un anticipo del 5% para deudas que se encuentran en sede administrativa y de un 10% para las que están judicializadas.
Los sectores que fueron más duramente golpeados por la pandemia, como gastronómicos, entretenimiento y turismo, podrán acceder a un plazo de hasta 60 meses sin la necesidad de pagar anticipo.
La ley también contempla la condonación de multas que no estén firmes y de los intereses punitorios y resarcitorios en función al tipo de financiación que se escoja por el solicitante. Por pago al contado, la condonación es del 100%.
Respecto de la tasa de financiación anual, se aplicará en razón de la modalidad de pago: 0% por pago al contado hasta un máximo del 30% anual para el pago en 48 meses y 60 meses según corresponda.
No se iniciarán nuevas acciones judiciales por cobro hasta el 1° de marzo de 2022 y de manera novedosa no se continuará con las acciones judiciales ya iniciadas que no superen los $ 25.000 y las que no superen los $ 50.000 anteriores al año 2012 beneficiando a más de 1.500 contribuyentes que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
Se tuvo especial consideración en los trabajadores dado que todos aquellos que solicitan hacer uso de los beneficios regulados no podrán despedir trabajadores durante la vigencia del plan.
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