¡Siga el baile, siga el baile! A pedido de las firmas My SA y Puerto Príncipe SA, los boliches de Concordia abrirán hasta las 8

Mediante decreto 032/2018, la Municipalidad de Concordia autorizó una "extensión horaria" a las discotecas de la ciudad, que regirá durante la "temporada estival". 

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El ejecutivo municipal tomó tal determinación en respuesta a un pedido formal efectuado por las firmas My S.A. y Puerto Príncipe S.A., esta última presidida por el conocido empresario de la construcción Miguel Marizza.

Puerto Príncipe opera la Disco B612, que funciona en uno de los galpones del Puerto de Concordia, en virtud de una concesión aprobada mediante ordenanza en los últimos meses de la intendencia de Gustavo Bordet. El local nocturno abrió sus puertas durante la actual gestión municipal, tras obtener la habilitación respectiva.

El flamante decreto, fechado el 16 de enero, es una transitoria modificación de los horarios de cierre establecidos en la Ordenanza 33.695. La municipalidad de concordia autorizó a que continúen hasta las 8 los días sábado, durante la temporada estival.

En los considerandos, el Ejecutivo justifica la ampliación horaria "en pos de dar impulso a ese tipo de actividades teniendo en cuenta la gran concurrencia de turistas en el referido período".

Recomendación para las discotecas

La Dirección de Inspección General recomienda que las discotecas cumplan el Artículo 27° de la Ordenanza 33.695, que transcripto dice así: "Los titulares registra les del inmueble y los titulares de la habilitación del local o establecimiento comercial, como así también los gerentes o encargados, donde se desarrollen las actividades previstas en la presente son responsables en forma solidaria de mantener la higiene y la seguridad en la calle y acera en un radio de cincuenta (50) metros a los laterales y de doce (12) metros de la línea del frente del local durante e inmediatamente después de la finalización del evento o actividad. Se deberá colocar dentro de dicho radio contenedores de basura transitorios por el lapso en que se extienda el evento o actividad. La autoridad de aplicación dispondrá la cantidad y ubicación de los contenedores a instalarse. Asimismo los responsables establecimiento y/o local previsto en la presente quedan obligados, una vez concluido el espectáculo o evento y en forma inmediata proceder a la limpieza del sector afectado, arbitrando los medios necesarios para una rápida y eficaz tarea de limpieza, recolección de residuos y posterior retiro de los contenedores y/o bolsas de residuos".

Los horarios para el verano

El decreto firmado por Enrique Cresto y Alfredo Francolini detalla los horarios de cierre de los boliches que tendrán vigencia durante la temporada estival. 

El artículo primero fija el cierre en los días miércoles a las 4; los jueves a las 6; los viernes a las 7 y los días sábados a las 8.

El artículo segundo recuerda a "los propietarios de los locales interesados en la presente excepción que deberán cumplir indefectiblemente con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ordenanza 33.695". Es decir, de "mantener la higiene y la seguridad en la calle" en las inmediaciones de las discotecas, mientras desarrollen sus actividades e inmediatamente después.

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