Hasta ahora, sólo formaban parte del beneficio los jubilados y pensionados que cobran hasta tres haberes mínimos y quienes perciben la Asignación Universal por Hijo (AUH).
En sus redes sociales, el ministro Sergio Massa explicó las medidas, “Como sabemos que la inflación te golpea el bolsillo, tomamos la decisión de devolverte el IVA en todas las compras que hagas con tarjeta por hasta 18.000 pesos de devolución. O sea, podés comprar hasta 80.000 pesos y tenés la devolución de todo el IVA. Sirve para carne, fruta, verdura, todos los alimentos y productos de higiene y limpieza del hogar en el supermercado. Están habilitados todos los comercios que tienen posnet y lo podés hacer con tu tarjeta de débito. Se benefician jubilados, pensionados, monotributistas, trabajadores y todos los beneficiarios de la AUH. Además, los trabajadores de casas particulares. Adicionalmente, si sos trabajador desde el lunes podés tramitar tu crédito de hasta 400.000 pesos con una tasa del 50% hasta 48 meses. Y si sos jubilado te cuento que el Pami, si cobrás hasta una jubilación y mediante va a dar en septiembre, octubre y noviembre un refuerzo de $ 15.000 en el bolsón alimentario”.
Los beneficiarios del programa serán los jubilados y pensionados, beneficiarios de la AUH, monotributistas, empleados en relación de dependencia y trabajadores del Régimen del Personal de Casa Particulares.
Los requisitos para acceder a dicha devolución son:
Jubilados que no cobren más de tres haberes mínimos
Trabajadores formales con ingresos de hasta seis salarios mínimos, vitales y móviles.
Monotributistas que no tengan otra fuente de ingresos.
A todos estos se les reintegrará la totalidad del IVA de los productos de primera necesidad (21% del valor de los productos), con un tope de $ 18.000 mensuales por beneficiario. El mismo será acreditado en la cuenta del beneficiario en un plazo de 48 horas.
Las compras que tendrán este reintegro, serán aquellas realizadas con tarjeta de débito. Por el momento no se aclaró si estarán contempladas las operaciones realizadas por billeteras virtuales u otros medios de pago asociados a las cuentas bancarias.
El programa comenzará a regir una vez que sea publicado en el Boletín Oficial.
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